(Foto: Europa Press)
Por Ivan Montemayor
Hoy, día 22 de Junio de 2021, el Gobierno español ha otorgado el indulto a los nueve presos políticos.
Tres años y medio después.
El indulto ha sido fundamentado por la razón de utilidad pública, pero el relato de Gobierno de Pedro Sànchez, como escenificó ayer al Liceo, tenía más a ver con el relato de la «reconciliación» y con una dialéctica magnánima de clemencia.
Si miramos hacia atrás, la ley del indulto surgió en un contexto histórico muy particular: el Sexenio Democrático. Un año después de aprobarse la Constitución del año 1869, se regulaba por primera vez la potestad del Rey (que tenía que ser Amadeo de Saboya, no un Borbón) para otorgar la gracia el 18 de junio de 1870. Curiosamente, la ley redactada por el ministro de Justicia y Gracia, el gallego liberal Eugenio Montero de los Ríos incluye una mención directa en el delito de sedición:
Los reos de los delitos de sedición y rebelión podrán, no obstante, ser indultados, aunque se hallaren en estas circunstancias. La naturaleza de los delitos de esta clase, el carácter y condicionas de la sociedad de nuestra época, y aun altas consideraciones de gobierno, demuestran la necesidad de esta excepción.
Cómo se puede intuir, todo esto supone la ofensa definitiva para los jueces y magistrados del Tribunal Supremo. Los altos representantes del Poder Judicial están fuera de sí, ante el que consideran una injusta intervención del poder ejecutivo sobre el judicial. Montesquieu, afirman, ha sido vilipendiado por un gobierno que pretende “auto-indultarse”, al perdonar a sus socios parlamentarios, sin los cuales no hubiera habido nunca ni investidura ni se hubieran aprobado los presupuestos generales del estado.
El Partido Popular, intentando crear un clima parecido al que tumbó el estatuto en 2010, ha empezado desde hace semanas una campaña de recogida de firmas contra los indultos, y participó de una manifestación junto con Vox y otras fuerzas ultraderechistas. Hay cierta retórica inflamada que recuerda a cuando se lanzaron en el cuello de Zapatero para negociar una tregua con ETA y ser, por lo tanto, un traidor a la unidad de España.
Los indultos, como todos los indultos desde el 2013, son reversibles. Esto es diez al surrealista caso del kamikaze de Polinyà del Xúquer. En esta localidad valenciana un hombre atropelló a un peatón de manera intencionada, y contrató un exclusivo despacho de abogados. En este despacho trabajaba el hijo del entonces Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. Fue condenado a 13 años de prisión, pero el abogado pidió el indulto (¡a su padre, el Ministro, nada más y nada menos!). El indulto fue concedido, ante el escándalo generalizado al ser un caso flagrante y vergonzoso de corrupción.
La familia del joven recurrió al Tribunal Supremo, pidiendo la anulación del indulto, cosa que finalmente fue aceptada. El célebre kamikaze fue de nuevo enviado hacia la prisión. Desde entonces, la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo puede deshacer un indulto si no está bastante fundamentado. Por otro lado, ¿quién sería la víctima o parte afectada que tendría que recurrir en la Sala III del Supremo? ¿La Fiscalía? ¿Vox? Si Vox consiguió visibilidad pública como acusación popular en el juicio del proceso, sin duda tratará de presentar como mérito propio una eventual anulación de los indultos.
Volviendo a Cataluña, los indultos suponen el fin de la represión contra los presos independentistas del procés, pero su limitación no resuelve la situación de los exiliados a Waterloo ni tampoco la de toda la represión contra activistas independentistas (algunos de ellos acusados ante la justicia española por los propios servicios jurídicos de la Generalitat). Los indultos son con mucho el inicio de una desjudicialización de la política, que beneficia aquellos sectores más favorables a la negociación entre el estado y las fuerzas soberanistas. Todavía hay mucho que hacer, pero, porque los indultos por sí solos no pueden parar la deriva autoritaria ni la guerra judicial.
Un dolor de cabeza diplomático
Ahora bien, quizás sería inocente pensar que una decisión política de este nivel se deba exclusivamente a la buena voluntad o a la capacidad de estrategia de Pedro Sánchez, o bien fuera el resultado de una renuncia a la vía unilateral por parte de los partidos independentistas. Más bien, nos tendríamos que fijar en el pantanoso mundo de la política internacional. Desde hace ya tiempo, el conflicto catalán es una piedra en el zapato del gobierno español.
Para citar algunos ejemplos, en el mes de Mayo el New York Times publicaba un artículo con Jordi Cuixart en plena portada. Dice el periodista:
Para el gobierno español –y para Europa en conjunto– también se han convertido en un dolor de cabeza diplomático, que ha provocado acusaciones de hipocresía contra una región conocida para exigir más libertades democráticas en todo el mundo. (…) Rusia citó este año los internos catalanes para desviar las peticiones de Europa para la liberación de Aleksei A. Navalny, el líder de la oposición rusa. Los Estados Unidos mencionan los presos en su informe sobre los derechos humanos sobre España y califican los encarcelamientos como una forma de intimidación política. [I]
Del mismo modo se expresaba hace poco la Vicepresidenta económica, Nadia Calviño: “El fracaso del 1 de octubre, unas escenas que eran incomprensibles fuera de nuestro país y que me costó mucho explicar a los que me rodeaban” [II]. Parecería, por lo tanto, y sin querer caer en el tanto naif eslogan de Europa nos mira, que los miembros del Gobierno español han tenido que dar muchas explicaciones al resto del mundo de porque Jordi Cuixart y el resto son unos malvados golpistas que merecen condenas por sedición.
Para hacerlo todavía más evidente, la situación de los presos puede ser instrumentalizada por cualquier miembro de la comunidad internacional que quiera confrontarse con el estado español. “No se puede luchar contra el separatismo y fomentarlo a casa del vecino” [III], según el Ministro de Exterior del Marruecos, que hizo una comparación entre el Sáhara Occidental y Cataluña.
Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos podría finalmente volver a condenar al estado por carencia de imparcialidad, como ya sucedió con el caso de Arnaldo Otegi. O yendo más atrás, con muchos presos que pertenecían a ETA que fueron liberados después de que el tribunal de Estrasburgo derogara la Doctrina Parot, una auténtica aberración jurídica.
Por otra parte, el Comité de Asuntos Legales y Asuntos Humanos del Consejo de Europa (que recordamos, es una institución que, aunque se diga pareciendo, no tiene ninguna relación con la Unión Europea), pidió el indulto de los presos y la reforma del delito de sedición. Leyendo el informe provisional de este comité internacional, es bastante significativo que un socialdemócrata de Letonia como Boriss Cilevičs no entienda demasiado bien a que se refiere Marchena y compañía con “violencia sin violencia”.
“Para mí, algunos pasajes del juicio del Tribunal Supremo español del 14 de octubre de 2019 parecen ilustraciones de la dificultad de justificar la presencia de violencia según se requiere por el delito de sedición (‘violencia sin violencia’, según argumentó la fiscalía).”
La más amplía Amnistía
El indulto, por otro lado, es completamente insuficiente para acabar con la represión y la deriva autoritaria que se extendió a raíz del otoño del año 2017 y las protestas de los años posteriores.
Sin duda, es necesaria una ley de Amnistía que incluya en todas las personas que durante estos años se han tenido que enfrentar a un activismo judicial totalmente supeditado a la idea de salvar la unidad de España como valor político supremo. Ahora bien, sería un error entender una Amnistía como un fenómeno aislado del resto de la evolución política y del conjunto de los avances sociales. Las amnistías en nuestro contexto histórico siempre han venido como el acompañante de los pasos hacia una mayor democracia. No solo por la ley de Amnistía del año 1977, aprobada antes de que se ratificara la Constitución de 1978, sino también por las diferentes leyes de Amnistía que se aprobaron durante la II República en abril 1931 y en febrero del 1936, muy diferentes de la Amnistía de la Transición.
En el mientras tanto, una manera de blindar la libertad de los presos del proceso y también de incluir los exiliados tiene que ser la eliminación del delito de sedición, un tipo penal obsoleto y que eventualmente podría ser usado contra cualquier tipo de movimiento social. La derogación del delito de sedición entra dentro del abanico de lo que es posible. Pero con una correlación de fuerzas diferente nos tendríamos que plantear como ensanchar los límites de lo que es posible.
La Amnistía, a mi parecer, solo puede ser planteada ahora mismo en el marco político de una ruptura con el Régimen del 78. Y tiene que incluir también un replanteamiento general del Sistema Penal que acabe con una “guerra contra las drogas” imposible de ganar, que acaba siempre aconteciendo una “guerra contra los pobres”, y que también proteja una mayor libertad de expresión, derogando la inefable Ley Mordaza. Finalmente, para hacer más claro este marco político de ruptura, quiero acabar haciendo mención del primer decreto de Amnistía de la II República, al propio 14 de Abril:
El Gobierno de la República Española, teniendo en cuenta que los delitos políticos, sociales y de imprenta, responden generalmente a un sentimiento de elevada idealidad; que los hechos más recientes de ese orden han sido impulsados por el amor a la Libertad y a la Patria, y, además legitimados por el voto del pueblo, en su deseo de contribuir al restablecimiento y afirmación de la paz pública decreta, como primera medida de su actuación, lo siguiente:
Artículo 1º. Se concede la más amplia amnistía de todos los delitos políticos, sociales y de imprenta, sea cual fuere el estado en que se encuentre el proceso, incluso los ya fallados definitivamente, y la jurisdicción a que estuvieren sometidos.
En definitiva, los indultos no son el epílogo del procés, sino el prólogo de lo que está por venir.
Referencias
[I] https://www.nytimes.com/2021/05/04/world/europe/spain-catalonia-independence-prisoner.html